REQUISITOS - DOCUMENTACIÓN SOLICITADA PARA COMPROBAR LA PROCEDENCIA

El Centro de Lenguas Extranjeras lo invita a cursar cualquiera de nuestros idiomas, solo tiene que presentar cualquiera de los documentos enlistados a continuación, dependiendo de su procedencia:

Alumnos inscritos a nivel medio superior, superior o posgrado del IPN   presentar cualquiera de los siguientes documentos:
* Credencial de alumno del IPN expedida por la DAE, resellada en el semestre actual o el QR visible con vigencia del semestre.
* Boleta global o constancia vigente del semestre actual, UNICAMENTE aplica para escuelas de nivel medio superior y/o posgrado del IPN.
* Si es extranjero, es obligatorio también presentar forma migratoria vigente y pasaporte.
 
Alumnos egresados de nivel medio superior, superior o posgrado del IPN   presentar cualquiera de los siguientes documentos:
* Carta de pasante.
* Constancia de 100% de créditos.
* Boleta global donde se refleje el 100% de créditos.
* Título que incluya la boleta del alumno.
 
Empleados del IPN de base
* Último talón de percepciones, credencial actualizada de trabajador del IPN.
 
Alumnos de escuelas externas al IPN, Escuelas incorporadas al IPN, trabajadores bajo el régimen de servicios profesionales del IPN (honorarios), alumnos del IPN FUERA DE REGLAMENTO , público en general y *EXTRANJEROS.
* Credencial del INE vigente.
* Licencia de conducir vigente.
* Pasaporte vigente.
* Visa vigente.
* si aún no tiene los 16 años cumplidos, presentar certificado de secundaria con fotografía.
* Si es extranjero, es obligatorio también presentar forma migratoria vigente y pasaporte.
 

IMPORTANTE:

Revisa la agenda escolar para ver las próximas fechas de admisión al plantel. En la convocatoria para Primer nivel ó por Examen de Colocación se te indican los días de registro y fecha de entrega de la documentación solicitada.

NOTAS:
* Alumnos del IPN fuera de reglamento, alumnos de escuelas incorporadas al IPN, se consideran como PÚBLICO EN GENERAL.
* Trabajadores bajo el régimen de Actividades Empresariales y Servicios Profesionales a que hace mención la ley de ISR (honorarios), se consideran como PÚBLICO EN GENERAL.
* Hijos o cónyuges de trabajadores que no se encuentren estudiando o trabajando en alguna unidad académica o dependencia del IPN, se consideran como PÚBLICO EN GENERAL.
* Los exámenes de colocación, cursos sabatinos, cursos dominicales y cursos de verano son autogenerados, por lo que no aplica la prestación o servicio para el personal de apoyo y asistencia a la educación del IPN.
* En caso de reprobar un nivel se pierde la prestación y deberá registrarse como personal externo.
 


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